Nuevo Reglamento de Ordenación del Transporte Terrestre

Nuevo Reglamento de Ordenación del Transporte Terrestre (ROTT)

El pasado Jueves 21 de febrero entró en vigor el nuevo Reglamento de Ordenación del Trasnporte Terrestre (ROTT) tras aprobarse por el Gobierno en la reunión del Consejo de Ministros. Dada la falta de interés por parte del Gobierno anterior y las posteriores imposiciones legislativas Europeas, este nuevo reglamento llega con 5 años de retraso con respecto a lo que marcaba la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres de 2013.

Tal y como comentan los expertos del transporte terrestre, este reglamento marcará un antes y un después en lo que al sector se refiere, ya que supone una revolución en la formación previa, honorabilidad o en la transmisión de las autorizaciones, entre otras cosas. Los cambios más llamativos son los siguientes:

  • Eliminación del actual requisito de flota mínima de acceso al sector: Se podrá acceder al sector con un solo vehículo de transporte (Anteriormente; 3 camiones en transporte de mercancías y 5 autobuses en transporte de viajeros)
  • Requisito de antigüedad: El vehículo deberá tener una antigüedad de al menos seis meses
  • Título de competencia profesional para la actividad de transporte por carretera: Se exigirá el título de bachillerato (o equivalentes) o bien el título de FP de grado medio.
  • Gestor de transporte: La persona que aporta el título de competencia profesional a la empresa transportista se denominará «Gestor de transporte» y deberá realizar una actividad equivalente a la jornada completa.
  • Las autorizaciones MDL (transporte ligero) se convierten en autorizaciones MDP (transporte pesado) para los titulares de vehículos de transporte con peso superior a 3,5 toneladas de MMA.
  • Sustitución y ampliación de flota ligada a la antigüedad media: Nueva legislación a la hora de incorporar un vehículo nuevo.
  • Eliminación de las limitaciones para transmitir la autorización de transporte, pero condicionado a la transmisión de la flota adscrita a la misma.
  • Requisito de capacidad financiera para los transportistas autónomos: Deberán aportar una garantía o certificación de solvencia financiera a menos que la antigüedad de su flota supere los 12 años.
  • Regulación del requisito de honorabilidad: Se perderá el derecho a ejercer la actividad en caso de condena penal, infracción muy grave o acumular tres faltas graves en determinados supuestos.
  • Desaparición de la tarjeta de transporte física: Se refuerza el papel del Registro de Empresas y Actividades de Transporte.
  • Nueva regulación del Comité nacional de Transporte por Carretera.

6 Comenatarios

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[…] el 21 de febrero de 2019, existe un Nuevo reglamento de Ordenación del Transporte Terrestre acorde a la sentencia Europea que entró en vigor en Diciembre de 2017, lo cual prohibió por […]

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